#1 Formulación del Pedido
Recupero de IVA por Exportación
Según la ley de IVA todo bien o servicio se encuentra eximido del pago del tributo por no haber sido comercializado o prestado en el mercado interno, lo que permite solicitar la devolución del crédito fiscal por las compras vinculadas al costo de producción o desarrollo.

El proceso inicia con la #1 Fase que se compone de una auditoría técnico-contable pormenorizada de la documentación de respaldo. El objetivo es eliminar cualquier riesgo de impugnación fiscalizando la contabilidad con el mismo criterio que utiliza ARCA.
Auditoría Previa y Detección de Inconsistencias: Se revisa la contabilidad para detectar y subsanar cualquier inconsistencia antes de la presentación, asegurando el cumplimiento de las condiciones formales y sustanciales del régimen.
Determinación Técnica del Crédito Fiscal: Se valida que las compras realizadas estén directamente relacionadas con la exportación (criterios de vinculación). Se aplica el correcto prorrateo de los costos y gastos indirectos y se verifica que los créditos fiscales no hayan sido utilizados previamente.
Confección del Expediente Digital: Se cargan en el aplicativo del SIAP (Formulario F404) o el Nuevo Sistema Integral de Recupero (SIR, RG 5173/2022) todos los elementos del período a recuperar, los despachos de exportación y las facturas.
Elaboración del Dictamen Profesional: Se prepara el informe obligatorio del Contador Público que certifica la razonabilidad de los montos, el pago mediante medios autorizados y la correcta registración contable, elemento clave para la aprobación.
Paso a paso del Trámite

Comprobación de Saldos: chequeo en forma previa la veracidad y cuantía de los saldos que corresponden percibir.

Pedido de Devolución: elaboración del pedido de devolución, acreditación o transferencia a terceros

Atención de Inspecciones recepción de agentes del fisco y subsanación de errores formales.

Acto Administrativo: garantía de la obtención de la aprobaci`ón por la Agencia de Recaudación - ARCA (exAFIP).

Verificación de expediente: constituido en sede administrativa por la Agencia de Recaudación.

Cobro del Beneficio: control del acto administrativo aprobatorio y seguimiento hasta el cobro del recupero.
Somos un equipo de especialistas en Recupero de IVA por Exportación integrado por profesionales con gran experiencia, seguridad técnica y agilidad para la gestión de trámites.
Preguntas frecuentes...
#15 ¿Cuándo se presenta un recupero de IVA por exportación, la empresa tiene una inspección integral por parte de la ARCA? No, nunca deviene una inspección integral. Los recuperos sujetos a inspección cuando: a.- facturas solicitadas con más de 48 meses de antigüedad. y b.- cuando se impugne un monto superior al 5 % y no se ingrese el ajuste.






